
¿En qué consiste el Bono Post Laboral?
Se trata de una prestación mensual que el Estado chileno otorga de manera indefinida a ciertos funcionarios públicos que, al momento de jubilarse, presentan una tasa de reemplazo de pensión insuficiente. Desde su creación bajo la Ley N° 20.305, el monto ha pasado de $50.000 en 2009 a $98.670 en 2025, con ajustes anuales basados en el Índice de Precios al Consumidor (IPC).
El pago se realiza directamente a través de la AFP o la compañía de seguros que administra la pensión del beneficiario, de modo que la suma se suma al ingreso regular sin que el trabajador deba gestionar una cuenta aparte. Además, al estar exento de impuestos, el receptor percibe el total sin retenciones.
El carácter del bono es particularmente atractivo porque no se considera salario, compensación ni ingreso a efectos legales, lo que lo protege de embargos y otras reclamaciones judiciales. Sin embargo, el derecho a percibirlo se extingue con la muerte del titular, lo que impide su transmisión a herederos.

¿Quiénes pueden solicitarlo y cómo funciona el trámite?
Solo están habilitados los trabajadores del sector público que estén afiliados al sistema de AFP y que tengan al menos un contrato permanente o de obra dentro de entidades específicas: ministerios, gobiernos regionales, municipalidades, corporaciones de asistencia legal, universidades estatales, la Contraloría General, el Consejo Nacional de Televisión, el Consejo de Educación Superior, la Dirección General de Aeronáutica Civil, Fonadis, Sercotec y la Corporación Nacional Forestal (próximamente Sernafor).
Los requisitos principales son:
- Estar activo en la entidad antes del 1 de enero de 2009 bajo normativa laboral del sector público.
- Haber alcanzado la edad legal de jubilación (60 años para mujeres, 65 para hombres).
- Presentar la solicitud dentro de los 12 meses siguientes a la edad de jubilación.
- Completar el formulario de solicitud del Bono Post Laboral ante la autoridad superior de su servicio.
El plazo inicial de presentación venció el 31 de diciembre de 2024, aunque existe una cobertura especial para quienes ya no se encuentran en servicio activo. Una vez aprobada la solicitud, la Superintendencia de Pensiones calcula la tasa de reemplazo y envía el resultado al organismo empleador, que emite un acto administrativo que autoriza el pago.
La AFP o la aseguradora revisan que el acto cumpla con la normativa y, de ser así, comienzan a abonar mensualmente el bono junto a la pensión. En la práctica, el beneficiario recibe cerca de $1.184.040 al año, lo que reduce significativamente la brecha entre lo que aporta el sistema de pensiones y sus necesidades de consumo.
Este programa ha sido señalado como una herramienta clave para mejorar la calidad de vida de los jubilados del sector público, especialmente en cargos de menor remuneración que dependen en gran medida de su pensión. Sin embargo, críticos argumentan que la medida genera un gasto fiscal importante y que la cobertura limitada a ciertos organismos deja fuera a muchos servidores públicos que también enfrentan bajos niveles de reemplazo.
En los últimos años, el debate ha girado en torno a la posibilidad de ampliar la lista de instituciones beneficiarias o de ajustar nuevamente el monto para mantener su poder adquisitivo frente a la inflación. Mientras tanto, los que cumplen con los requisitos siguen trabajando con la expectativa de que este ingreso extra les proporcione mayor estabilidad económica durante sus años de retiro.
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